artículos de actualidad
Febrero 2010
Recomendaciones jurídicas a adoptar en la fase inicial del Alzheimer
Fuente: elcomerciodigital.com
El Colegio Notarial de Asturias, informa sobre la Protección Patrimonial de Personas con Discapacidad
Los avances científicos en el campo de la Medicina han permitido elevar la esperanza de vida. Sin embargo, cada vez son más frecuentes los supuestos de demencia senil, una de cuyas modalidades es la Enfermedad de Alzheimer, enfermedad neurodegenerativa, caracterizada en su forma típica por una pérdida progresiva de la memoria y de otras capacidades mentales, a medida que las células nerviosas (neuronas) mueren y diferentes zonas del cerebro se atrofian.
Llega un momento en que el enfermo de Alzheimer no puede cuidar de sí mismo, por lo que los cuidados por terceras personas (familiares o establecimientos especializados) son esenciales.
La enfermedad suele tener una duración media aproximada después del diagnóstico de 10 años, aunque esto puede variar en proporción directa con la severidad de la enfermedad en el momento del diagnóstico.
Esta larga duración de la enfermedad plantea numerosos problemas tanto en el enfermo como en su entorno familiar, donde lógicamente, los más importantes son los de carácter médico, los asistenciales y los personales.
Relacionado con el aspecto asistencial, se encuentra el problema económico de costear el internamiento del enfermo en un establecimiento especializado, sobre todo, en aquellas fases en las que dado el desarrollo de la enfermedad, la familia ya no puede atender al enfermo con la diligencia precisa.
En esta fase, cuando el enfermo ya ha perdido buena parte de su capacidad cognitiva, suele suceder que el cónyuge o pareja del enfermo, para afrontar los gastos del internamiento, se plantee vender alguna propiedad común, ya sea por estar casados en régimen de sociedad de gananciales, ya sea por haber adquirido el inmueble en común dos personas casadas en régimen de separación de bienes o dos personas que forman pareja de hecho.
Sin embargo, en ese momento, puede ser ya demasiado tarde prever la venta o el otorgamiento de poderes por parte del enfermo debido a la perdida de capacidad, lo que obliga a iniciar un procedimiento judicial para incapacitar a la persona enferma, nombrar un tutor y solo se podrá vender cuando se cuente con autorización judicial.
En la práctica, las familias, para evitar el trauma de tener que incapacitar judicialmente a la persona enferma o someterse a los estrictos requisitos de la tutela, afrontan los gastos del internamiento en la medida de sus posibilidades quedando el patrimonio del enfermo “paralizado” hasta la fecha de su fallecimiento.
Para evitar, entre otros, este problema, desde la probación de la Ley de 41/2003 de 18 de Noviembre de Protección Patrimonial de Personas con Discapacidad, cabe una vía alternativa, de carácter previsor, pues debe adoptarse cuando la enfermedad aún no se ha desarrollado hasta el extremo de privar la capacidad al enfermo.
Se trata del otorgamiento ante notario de un “poder preventivo”, es decir, de un poder a favor del cónyuge o pareja para que ésta pueda realizar actos de trascendencia jurídica tales como vender aceptar herencias o retirar dinero de cuentas, con los cuales poder afrontar los citados gastos de internamiento.
Con anterioridad al año 2003 cabía la posibilidad de que los cónyuges o miembros de la pareja otorgaran un poder general y recíproco pero éste se extinguía por la incapacitación de uno de ellos, mientras que el llamado “poder preventivo” puede darse para que sea eficaz desde el momento de la firma y siga valiendo aunque con posterioridad uno de ellos sea incapaz o sea declarado incapacitado judicialmente o bien única y exclusivamente, para el momento en que se aprecia la falta de capacidad reconocida por un médico o por las Autoridades Administrativas, sin necesidad de incapacitación judicial, si bien, también es compatible con esta y con el nombramiento judicial de un tutor, en la medida que las Autoridades Judiciales no consideren necesario revocar el poder.
Lo importante para utilizar esta vía del “poder notarial preventivo” es el reconocimiento de la posible enfermedad en su estado inicial o al menos, cuando existe un deterioro cognitivo leve y se aprecian los primeros síntomas que suelen ser la pérdida de memoria en relación a hechos recientes; la inhabilidad para adquirir nueva información, dificultades leves en las funciones ejecutivas como la atención la planificación, la flexibilidad y el razonamiento abstracto, trastornos en la memoria semántica (el recordar el significado de las cosas) y la interrelación entre los conceptos o la apatía.
No debe preocupar la publicidad del acto, pues actualmente, desde la Ley 1/2009 de 25 de marzo, las Autoridades Judiciales, que en su caso puedan conocer el procedimiento de incapacitación, al consultar en el Registro civil los datos de la persona objeto del procedimiento, sabrán de la existencia del poder, porque el notario que autorizó el poder comunica de oficio al Registro Civil su existencia.
Tampoco debe preocupar el coste económico del mismo, que rondará aproximadamente, los cien euros.
Dentro de 40 años habrá el doble de ancianos
Fuente: La Nueva España
En 2049, la tasa de dependencia se elevará hasta el 90% y la esperanza de vida alcanzará los 87 años
EFE. La población española crecerá 2,1 millones de habitantes en los próximos cuarenta años -48 millones en 2049- y tendrá el doble de mayores de 64 años, representando el 31,9 por ciento del total, según las proyecciones del INE, difundidas hoy.
El crecimiento natural de la población se haría negativo desde 2020 y habría un flujo inmigratorio anual constante de 400.000 personas, conforme a la Proyección de la Población de España a Largo Plazo (2009-2049) del INE.
Por cada diez personas en edad de trabajar, en 2049 residirían en el país casi nueve personas potencialmente inactivas (menor de 16 años o mayor de 64), lo que significa que la tasa de dependencia se elevaría hasta el 89,6 por ciento, desde el 47,8 por ciento actual.
De acuerdo con la simulación estadística, el crecimiento demográfico será progresivamente decreciente y las edades avanzadas concentrarán los máximos incrementos absolutos y relativos.
El segmento de cero a quince años aumentará en 157.000 personas (un 2,2 por ciento), lo que se derivaría de la prolongación futura de la tendencia al aumento de la fecundidad actualmente observada.
Sin embargo, la población de 16 a 64 años, disminuiría en más de medio millón de efectivos, un 18,4 por ciento de su volumen actual.
Con ello, por cada diez personas en edad de trabajar, en 2049 residirían en España casi nueve personas potencialmente inactivas (menor de 16 años o mayor de 64).
Es decir, la tasa de dependencia se elevaría hasta el 89,6 por ciento, desde el 47,8 por ciento actual.
Los nacimientos, tímidos hasta 2028
El número de nacidos no volvería a subir hasta 2028, una vez superado el efecto sobre la pirámide poblacional femenina que produjo la crisis de natalidad de los años 80.
Por otro lado, de mantenerse los ritmos actuales de reducción de la incidencia de la mortalidad por edad sobre la población, la esperanza de vida al nacimiento alcanzaría los 84,3 años en los varones y los 89,9 años en las mujeres en 2048, elevándose en 5,8 y 6,5 años, respectivamente.
No obstante, el mayor tamaño poblacional y una estructura demográfica cada vez más envejecida producirían un continuo ascenso del número anual de defunciones.
Así, el saldo entre nacimientos y defunciones entraría en una dinámica continuamente decreciente.
Dicho excedente vegetativo, tras haber alcanzado su máximo de las últimas décadas en 2008, acabaría tornándose en negativo a partir de 2020, lo cual supondría un fuerte freno al crecimiento poblacional.
En lo referido al fenómeno migratorio, para el corto plazo (próximos 10 años), la proyección se ha realizado en base a una hipótesis de decrecimiento en el flujo de inmigrantes hasta los 3,8 millones entre 2009 y 2019, un millón menos que los observados entre 2002 y 2008.Dentro de 40 años habrá el doble de ancianos
El Gobierno propondrá retrasar la edad de jubilación a los 67 años
La Seguridad Social envía 2.000 millones al fondo de las pensiones pese a reducir su superávit un 41% a 8.501 millones
Fuente: El País
El Gobierno presentará este viernes su propuesta de reforma de las pensiones, que contempla el retraso en la edad de jubilación entre las medidas para garantizar el mantenimiento del sistema a medio y largo plazo. Según han confirmado a este periódico fuentes del Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, la edad laboral se ampliará de los 65 años actuales hasta los 67.
La medida, de salir adelante -tiene que ser debatida con patronal y sindicatos en la Comisión del Pacto de Toledo-, se aplicará de forma progresiva a partir de 2013, año en el que los que cumplan 65 deberán trabajar dos meses más, y en 2025 quedará totalmente implantada, según ha precisado la agencia Colpisa, que adelantó la noticia. Así, en 2025 habrá que seguir trabajando durante dos años más para poder percibir el 100% de la prestación.
De cumplirse los planes del Ejecutivo, en 2025 España será el primer país de la Unión Europea donde todos los trabajadores se jubilaran a los 67 años. Además, los cambios que ultima el Gobierno incluyen cambios en el cálculo de las pensiones y una reforma de la pensión de viudedad.
La reforma, que el Gobierno espera aprobar en un plazo no demasiado largo, supone que han triunfado las tesis de la vicepresidenta y ministra de Economía, Elena Salgado, que en varias ocaciones se ha mostrado a favor de medidas que permitan aumentar la llamada edad efectiva de jubilación -que establece la media a la que la gente se jubila y que está en 63,5 años en España- o bien mojarse y poner sobre la mesa una edad exacta de jubilación.
En cambio, el titular de Trabajo, Celestino Corbacho, no era partidario de aumentar la edad de jubilación. De hecho, este jueves ha subrayado que no se ampliará hasta los 70 años. En una entrevista en Punto Radio, tras ser preguntado por la propuesta del presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, de aumentar la edad de jubilación a esa edad, ha puntualizado que es necesario "buscar un término medio" que facilite el mantenimiento del sistema.
Aunque el anuncio estaba previsto para el viernes, el ministro de Fomento, José Blanco, confirmó esta mañana que "en las próximas horas" el Ejecutivo dará a conocer la propuesta, que tendrá como objetivo "el mantenimiento del sistema de la Seguridad Social y de protección social" ante el envejecimiento de la población.
Deuda aplazada
El anuncio de Blanco se ha producido horas después de que el secretario de la Seguridad Social, Octavio Granado, anunciase que dotará al Fondo de Reserva con 2.000 millones de euros en las próximas semanas. Este capital corresponde a parte del superávit del ejercicio de 2008. Así, la denominada "hucha de las pensiones", alcanzará los 62.000 millones de euros, ha afirmado Granado, quien ha añadido que las decisiones sobre los resultados del ejercicio 2009 se tomarán en función de "la marcha" del año.
Granado ha afirmado que con esta aportación quedan pendientes 6.000 millones de aportaciones al fondo y ha recordado que la Seguridad Social tiene una deuda aplazada de unos 8.000 millones, resultado de una "acumulación histórica de diferentes ejercicios" y que la tasa de morosidad en 2009 fue del 1,99%, inferior varios puntos a la de las entidades financieras. Las cuentas de la Seguridad Social cerraron el ejercicio 2009 con un superávit de 8.501,83 millones de euros, lo que supone un descenso del 40% en comparación con los 14.428 millones de saldo positivo registrado en 2008. La caída de ha agudizado en el tramo final del año, ya que en los 10 primeros meses las cuentas presentaban un saldo positivo de 13.998,24 millones, con un descenso del 27,4%.
Los 8.501,83 millones de euros de 2009 representan el 0,81% del PIB, según ha informado el Ministerio de Trabajo e Inmigración. Se mejora así la previsión del Gobierno, que establecía que el superávit de la Seguridad Social entre el 0,3% y el 0,4% del PIB en 2009. El saldo de 8.501,83 millones de euros es la diferencia entre unos derechos reconocidos por operaciones no financieras de 123.464,28 (-0,63%) y unas obligaciones reconocidas de 114.962,45 millones de euros (+4,80%). En el capítulo de ingresos no financieros, las cotizaciones sociales ascendieron a 106.440,55 millones de euros, lo que representa una disminución de 1,54 puntos porcentuales respecto al año anterior.
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Cristina Rodríguez Benito
directora de infogerontologia.com
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